Cuánto te puede corresponder
| Vuelo | Compensación | Honorarios (15 %) | Te queda |
|---|---|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € | 37,50 € | 212,50 € |
| Dentro de la UE de más de 1.500 km, y otros de entre 1.500 y 3.500 km | 400 € | 60 € | 340 € |
| El resto | 600 € | 90 € | 510 € |
El importe es por pasajero y sale del artículo 7 del Reglamento (CE) 261/2004. La compañía puede reducirlo a la mitad si te ofrece un transporte alternativo que llega dentro de los márgenes del artículo 7.2. En vuelos de más de 3.500 km fuera de la UE con un retraso de entre 3 y 4 horas, el importe es de 300 €.
Cuándo hay derecho
El vuelo debe salir de un aeropuerto de la UE, o llegar a ella con una compañía europea. También cuentan Noruega, Islandia y Suiza, y el Reino Unido tiene una norma propia con importes en libras. El retraso debe ser de al menos 3 horas a la llegada. En una cancelación, normalmente hay derecho si te han avisado con menos de 14 días, salvo que te hayan ofrecido una alternativa dentro de los horarios que marca el Reglamento.
Plazo para reclamar
Según AESA, tienes cinco años desde la fecha del vuelo para reclamar a la compañía. Primero hay que reclamar a la compañía y, si no responde o no estás de acuerdo, a AESA.
Cómo funciona con nosotros
Primero pruebas la calculadora. Si sale que puede haber derecho, nos envías los datos y la documentación del vuelo. Antes de presentar nada te confirmamos las condiciones por escrito. Si no cobras, no pagas. Condiciones del servicio.
También puedes hacer la reclamación tú mismo, sin ningún coste. Nosotros nos encargamos si prefieres no perder tiempo con ello.
Fuentes: Reglamento (CE) 261/2004 y AESA, consultadas el 2/11/2026.