Si eres sociedad, autónomo o profesional colegiado, Hacienda te notifica por vía electrónica. El aviso puede llegarte por correo, pero la notificación real está en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) o en la carpeta ciudadana de la sede electrónica de la AEAT.
Según la Ley 39/2015 (art. 43), si han pasado diez días naturales desde que la notificación quedó a tu disposición y no la has abierto, se considera rechazada. El plazo para responder sigue corriendo. Por eso conviene revisar el buzón con regularidad.
Quien está obligado a recibir notificaciones electrónicas lo está aunque no las lea. Si tienes gestoría o asesor, comprueba que alguien revisa el buzón.
Fuente: Ley 39/2015, BOE · Sede electrónica AEAT. Última revisión: 24 de octubre de 2026.